El Tribunal Constitucional examinó la impugnación de una disposición de la Ley N° 17.79…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional examinó la impugnación de una disposición de la Ley N° 17.798 sobre control de armas, en particular su restricción de acceso a penas sustitutivas. La mayoría sostuvo que el derecho a punir debe respetar límites como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social (artículo 19 N°s 1, 2, 3 y 7 de la Constitución), y que la privación de libertad debe ser de última ratio. Estimó que la restricción era desproporcionada, pues no guardaba relación con la gravedad del delito medida por el quantum de la pena, e incompatible con la facultad del juez de elegir la pena más idónea. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo concluye que la aplicación de la norma en la gestión judicial pendiente no resulta contraria a la Carta Fundamental, razón por la cual el requerimiento se acogió solo parcialmente.
Normas citadas
artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 8, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 9, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N° 17.798
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional restringir el acceso a penas sustitutivas en delitos de la Ley de control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la restricción era desproporcionada, porque no guardaba relación con la gravedad del delito medida por el quantum de la pena y era incompatible con la facultad del juez de elegir la pena más idónea. Sin embargo, concluyó que su aplicación en la gestión judicial pendiente no era contraria a la Constitución, por lo que el requerimiento se acogió solo parcialmente.
¿Qué límites impone la Constitución al derecho a punir del Estado?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el derecho a punir debe respetar la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social, conforme al artículo 19 N°s 1, 2, 3 y 7 de la Constitución. Asimismo, indicó que la privación de libertad debe ser de última ratio.
¿Puede el juez dejar de aplicar una pena sustitutiva por la forma en que la ley restringe su acceso?
En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que la restricción interfería con la facultad del juez de elegir la pena más idónea. No obstante, la parte resolutiva concluyó que la aplicación de la norma en la gestión judicial pendiente no resultaba contraria a la Carta Fundamental.
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