La Contraloría General de la República se pronunció sobre el recurso de reposición inte…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2016
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el recurso de reposición interpuesto por un profesional de la educación contra la resolución del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) que puso término a su acreditación como docente de excelencia, con la consiguiente pérdida de la asignación de excelencia pedagógica del artículo 14 de la ley N° 19.715. El CPEIP había desestimado el recurso por extemporáneo, por haberse presentado fuera del plazo del artículo 59 de la ley N° 19.880. El organismo contralor constató que la carta certificada que contenía la resolución no fue recibida por el interesado y fue devuelta a la oficina de origen, que luego se envió una copia por correo electrónico y que el docente recién quedó notificado el 25 de marzo de 2015. Concluyó que el recurso fue oportuno, por lo que la resolución que lo rechazó no se ajusta a derecho. Ordenó dejarla sin efecto y retrotraer el proceso de acreditación al estado de resolver la reposición. Además, recordó que, conforme al artículo octavo transitorio de la ley N° 20.903, los beneficiarios de esa asignación seguirán percibiéndola en los términos que dicha norma establece.
Normas citadas
ley 19715 art/14
ley 20903 art/6 num/5
dfl 1/2002 EDUCA art/3
ley 19715 art/15
dfl 1/2002 EDUCA art/8
dfl 1/2002 EDUCA art/28
ley 19880 art/51
ley 19880 art/45 inc/1
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se considera notificada una resolución administrativa si la carta certificada fue devuelta por no ser recibida?
En este caso, la Contraloría constató que la carta certificada fue devuelta a la oficina de origen sin ser recibida, y que luego se envió copia por correo electrónico. Como el docente quedó notificado recién con esa copia, el recurso se consideró oportuno.
¿Procede declarar extemporáneo un recurso de reposición si la notificación no se practicó válidamente?
No. La Contraloría concluyó que el recurso fue presentado dentro de plazo, por lo que la resolución que lo desestimó por extemporáneo no se ajustó a derecho y debía dejarse sin efecto.
¿Qué efecto tiene dejar sin efecto la resolución que puso término a una acreditación como docente de excelencia?
La Contraloría ordenó dejar sin efecto la resolución del CPEIP y retrotraer el proceso de acreditación para que se resuelva el recurso de reposición. Además, recordó que los beneficiarios de la asignación seguirán percibiéndola en los términos del artículo octavo transitorio de la ley N° 20.903.
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