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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de que el Mi…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de que el Ministerio de Educación suspendiera la transferencia de recursos para el pago de la A.E.P. a una docente, por haber entregado a un tercero las evidencias incluidas en su portafolio. El organismo concluyó que la Administración solo puede revocar la acreditación y extinguir el derecho a la asignación mediante un procedimiento previo que investigue y acredite los hechos, ya que los principios de legalidad y tipicidad de la potestad sancionadora exigen que las infracciones y sanciones estén previstas en la ley, requisitos que no se cumplían. Por ello, una cláusula de las bases del concurso que solo advertía que la entrega de información falsa o manipulada 'determinará las responsabilidades' que establezca el Ministerio no habilitaba la suspensión. En consecuencia, dispuso que el Ministerio debe regularizar la situación de la docente y comunicarlo a la Contraloría, recordando además que las decisiones de la Administración deben expresarse mediante actos administrativos formales.

Normas citadas

  • ley 19715 art/14 inc/1
  • ley 19715 art/14 inc/2
  • dfl 1/2002 educa art/3
  • ley 19715 art/14
  • ley 19715 art/15
  • ley 19715 art/16
  • ley 19715 art/17
  • ley 19715 art/18
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Administración suspender el pago de la A.E.P. a un docente porque entregó su portafolio a un tercero?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque la suspensión no era procedente. La Administración solo puede revocar la acreditación y extinguir el derecho mediante un procedimiento previo que investigue y acredite los hechos.

¿Basta con que las bases de un concurso adviertan que la entrega de información falsa determinará responsabilidades para suspender un beneficio docente?

No, según este dictamen. La cláusula que solo advierte que se determinarán responsabilidades no habilita la suspensión, porque los principios de legalidad y tipicidad de la potestad sancionadora exigen que infracciones y sanciones estén previstas en la ley.

¿Qué debe hacer el Ministerio de Educación cuando suspendió indebidamente la transferencia de la A.E.P. a una docente?

En este caso, la Contraloría dispuso que el Ministerio debe regularizar la situación de la docente y comunicarlo al organismo. También recordó que sus decisiones deben expresarse mediante actos administrativos formales.

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