El Tribunal Constitucional revisó la aplicación del artículo 1°, inciso segundo, de la…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional revisó la aplicación del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye de forma absoluta los beneficios de penas sustitutivas, cuestionándose su compatibilidad con la igualdad ante la ley y con el principio de proporcionalidad de las penas. La resolución acoge parcialmente el requerimiento. Los votos sostienen que, tras la Ley N° 20.603, las penas alternativas pasaron a ser la regla general y el presidio efectivo una última ratio, por lo que las excepciones legales deben examinarse según su razonabilidad y justificación, con deferencia al legislador en materia de política criminal. Se precisa que la sentencia no reconoce un derecho subjetivo a la pena alternativa, sino que pone el acento en que la proporcionalidad de la sanción es una exigencia de igualdad ante la ley.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 51, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 52, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la exclusión absoluta de las penas sustitutivas del artículo 1° de la Ley N° 18.216?
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento. Sostuvo que, tras la Ley N° 20.603, las penas alternativas son la regla general, por lo que las excepciones deben examinarse según su razonabilidad y justificación.
¿Las personas condenadas tienen un derecho a obtener una pena sustitutiva según la Ley N° 18.216?
No. En este caso, el Tribunal Constitucional precisó que la sentencia no reconoce un derecho subjetivo a la pena alternativa, sino que pone el acento en que la proporcionalidad de la sanción es una exigencia de igualdad ante la ley.
¿Cómo se relaciona el principio de proporcionalidad de las penas con la igualdad ante la ley en la exclusión de beneficios sustitutivos?
En este caso, el Tribunal Constitucional examinó la exclusión absoluta del artículo 1° de la Ley N° 18.216 a la luz de la igualdad ante la ley y la proporcionalidad de las penas. Los votos reconocieron deferencia al legislador en política criminal, pero exigieron que las excepciones estén justificadas.
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.