Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el caso de una exdocente municipal desafiliada del sistema de capitalización individual del decreto ley N° 3.500, de 1980, quien pretendía que su pensión le fuera otorgada por la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales. El organismo recordó que, conforme a la ley N° 18.225, la desafiliación implica volver a la última institución previsional a la que se perteneció, salvo un cambio de trabajo posterior que corresponda a otra entidad. Citó un precedente en que, pese a establecerse un régimen de retorno distinto, la prestación se concedió en el régimen municipal por la naturaleza de las funciones realizadas antes del cese. Por ello, confirmó el oficio que precisó el régimen en que deben otorgarse los beneficios previsionales, sin necesidad de invalidar el acto que desafilió a la interesada.