Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente Ingrid Muñoz Melo interpuso una acción constitucional contra el Ministerio del Interior y Seguridad Pública por la tardanza de más de seis meses en dar respuesta a su solicitud, fundada en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, rechazando el recurso, al considerar que el plazo de seis meses no es fatal y que la demora no es ilegal ni arbitraria, dado que responde a factores como la masificación de la migración regular e irregular. Además, se señaló que la recurrente se encuentra en situación migratoria regular, por lo que no se afectan sus derechos constitucionales. La acción constitucional no procede para acelerar procedimientos administrativos en curso, existiendo mecanismos como el silencio administrativo. Acoger el recurso vulneraría el principio de igualdad ante la ley respecto de otros solicitantes.