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Tributario: SII, jurisprudencia judicial tributaria

Resumen del criterio jurisprudencial

La Excma. Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos en contra de una sentencia dictada por la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, confirmatoria de la de primer grado que absolvió a un imputado de los cargos formulados en las acusaciones fiscal y particular como autor de los delitos descritos y sancionados en el artículo 97 N° 4, incisos 1°, 3° y 4° del Código Tributario. El querellante esgrimió las causales cuarta y séptima del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, denunciando como infringidas las normas de los artículos 97 N° 4 incisos primero y tercero del Código Tributario, 459 y 488 Nros. 1° y 2° del Código de Procedimiento Penal. En relación a la causal séptima intentada, estimó que de la prueba rendida es posible presumir irrefutablemente que el querellado ha cometido los delitos que se le imputan en calidad de autor, de conformidad a lo que dispone el artículo 15 N° 1 del Código Penal, pues se encuentran acreditados y establecidos una serie de hechos que en su conjunto cumplen las exigencias del artículo 488 Nros. 1° y 2° del Código de Procedimiento Penal para tener por establecida la existencia de los ilícitos. Sin embargo, agregó, la sentencia impugnada concluyó erróneamente que éstos no se cometieron, descartando la existencia de los delitos y la participación que se atribuye al querellado. La sentencia de casación estimó necesario revisar primero la denuncia de infracción a las leyes reguladoras de la prueba, señalando al respecto que dicha denuncia pretende que en la sentencia de reemplazo sea declarada la existencia del perjuicio al Fisco de Chile como consecuencia de la obtención de beneficios SENCE por personas sin derecho a éste, originado a partir de las maniobras engañosas del acusado desplegadas a cambio de comisiones y otros beneficios, a lo cual habrían de aplicarse las normas sustantivas invocadas, para lo que fue extendido el recurso a la causal 4ª del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal. Sin embargo, en cuanto a la infracción al artículo 459, el recurso incumple la obligación de explicar la forma en que se habría producido la trasgresión denunciada -prevista en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil-, pues sólo se ha mencionado que no se dio valor de convicción a declaraciones de testigos, sin formular alguna tesis jurídica que demuestre la imputación de haberse vulnerado aquellas leyes, condiciones en las que únicamente se plantea una cuestión de valoración ajena a este recurso de naturaleza sustantiva.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.