El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad por…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por una sociedad de asesorías e inversiones, que cuestionaba limitaciones para accionar en busca de resarcimiento de perjuicios. El tribunal concluyó que el libelo carecía de una fundamentación razonable, es decir, de una línea argumental clara y suficientemente motivada que hiciera inteligible la infracción constitucional denunciada, exigida por el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución y el artículo 84, numeral 6, de la LOC del Tribunal Constitucional. Se estimó que las limitaciones invocadas no constituían una vulneración directa de la Carta Fundamental, pues subsistían vías legítimas conforme a las reglas generales del derecho civil. Asimismo, el tribunal consideró que, en la gestión pendiente, las imputaciones podían exceder el umbral de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por lo que la regla general que impide otorgar penas sustitutivas podía aplicarse sin depender de la norma cuestionada.
Normas citadas
artículo 748, de Ley N° 4.287
artículo 19, inciso primero, numeral 2
artículo 19, inciso sexto, numeral 3
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 1, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N° 18.216
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Qué exige el Tribunal Constitucional para admitir un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento porque carecía de una fundamentación razonable, es decir, de una línea argumental clara y suficientemente motivada que hiciera inteligible la infracción constitucional denunciada, según el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución y el artículo 84, numeral 6, de la LOC del Tribunal Constitucional.
¿Procede declarar inaplicable una limitación para demandar perjuicios si subsisten otras vías en el derecho civil?
En este caso, el tribunal estimó que las limitaciones invocadas no constituían una vulneración directa de la Constitución, pues subsistían vías legítimas conforme a las reglas generales del derecho civil para obtener el resarcimiento.
¿Puede aplicarse la regla que impide otorgar penas sustitutivas sin depender de la norma cuestionada cuando la pena supera el umbral legal?
En este caso, el Tribunal Constitucional consideró que, en la gestión pendiente, las imputaciones podían exceder el umbral de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por lo que la regla general que impide otorgar penas sustitutivas podía aplicarse sin depender de la norma reclamada.
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