Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente dedujo recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por rechazar sus licencias médicas. La recurrida informó que actuó dentro de su competencia y facultades legales. La Corte Suprema analizó el artículo 16 del Decreto Supremo N°3 y los artículos 2° y 3° de la Ley N°16.395, que conceden a la recurrida facultades de supervigilancia y control técnico. Concluyó que la decisión de rechazo se fundó en antecedentes médicos suficientes y no fue arbitraria ni ilegal. Además, la normativa no exige solicitar exámenes complementarios si los existentes bastan para una resolución fundada. Por tanto, se confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso de protección.