Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Leonardo Santander Pavez, en representación de Exploraciones, Inversiones y Asesorías Huturi S.A., interpuso un recurso de hecho contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que no dio lugar al recurso de apelación subsidiario interpuesto contra la decisión de tener presente en la vista de la causa la solicitud de examen de admisibilidad de la reclamación contemplada en el artículo 137 del Código de Aguas, deducida por Codelco-Chile. La recurrente argumentó que la resolución recurrida era una sentencia interlocutoria apelable y que debían aplicarse las reglas generales de los recursos. La Corte Suprema rechazó el recurso de hecho, señalando que la resolución que se pronuncia sobre la solicitud de examinar la admisibilidad de la reclamación no es apelable, pues el artículo 137 del Código de Aguas establece un procedimiento de única instancia y no existe norma que permita la apelación en este caso. Además, la Corte Suprema solo conoce en segunda instancia cuando la ley lo dispone expresamente. En consecuencia, se confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones y se desestimó el recurso de hecho.