Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Leonardo Santander Pavez, en representación de Exploraciones, Inversiones y Asesorías Huturi S.A., interpuso un recurso de hecho contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que había rechazado su recurso de apelación subsidiario. La cuestión giró en torno a la admisibilidad de una reclamación bajo el artículo 137 del Código de Aguas presentada por la División Chuquicamata de Codelco contra la Dirección Regional de Aguas. La Corte Suprema analizó si la resolución impugnada podía ser objeto de recurso de hecho, aplicando normas del Código de Procedimiento Civil y principios del Código Civil. Se consideró que el artículo 137 del Código de Aguas es de única instancia y que no existe norma especial que permita apelar la sentencia interlocutoria de la Corte de Apelaciones. En consecuencia, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de hecho, confirmando que la decisión no es apelable. La resolución quedó sin efecto y se ordenó archivar el expediente.