Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho constitucional
ConstitucionalAcoge

El Tribunal Constitucional acogió una impugnación de inaplicabilidad por inconstitucion…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió una impugnación de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 418 del Código Procesal Penal, en cuanto permitía apelar resoluciones que desestiman solicitudes de desafuero parlamentario. El tribunal sostuvo que el artículo 61 de la Constitución limita la apelación ante la Corte Suprema al caso en que se declara haber lugar a la formación de causa, por lo que corresponde una interpretación restrictiva del fuero, sin extensiones analógicas. Se destacó que el fuero es una garantía de la función legislativa y de la representación democrática, no un privilegio de impunidad, y que el Ministerio Público puede investigar a parlamentarios, aunque la acusación formal requiere autorización previa del pleno de la Corte de Apelaciones.

Normas citadas

  • artículo 418, de Código Procesal Penal
  • artículo 240, numeral bis, de Código Penal
  • artículo 613, de Código de Procedimiento Civil
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿Procede apelar ante la Corte Suprema una resolución que rechaza una solicitud de desafuero parlamentario?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió la impugnación contra el artículo 418 del Código Procesal Penal en cuanto permitía esa apelación. Sostuvo que el artículo 61 de la Constitución limita la apelación ante la Corte Suprema al caso en que se declara haber lugar a la formación de causa.

¿El fuero parlamentario impide que el Ministerio Público investigue a un parlamentario?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el fuero es una garantía de la función legislativa y de la representación democrática, no un privilegio de impunidad. Señaló que el Ministerio Público puede investigar a parlamentarios, aunque la acusación formal requiere autorización previa del pleno de la Corte de Apelaciones.

¿Cómo debe interpretarse el alcance del fuero parlamentario?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que corresponde una interpretación restrictiva del fuero, sin extensiones analógicas. Lo fundó en que el fuero es una garantía de la función legislativa y no un privilegio de impunidad.

Más jurisprudencia de derecho constitucional de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.