Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la vii región del maule acogió un reclamo interpuesto en contra de liquidaciones que determinaron diferencias de impuesto global complementario correspondiente al año tributario 2009, por un monto de $100.000.000.-, al haberse justificado el origen de los fondos con los que se realizó una inversión en un bien raíz. a juicio del tribunal, el contribuyente acreditó en juicio el origen de los fondos con los que realizó la inversión antes indicada, determinando que sólo debía acreditar $50.000.000.-, pues el otro 50% del bien raíz fue adquirido por un tercero. luego, consideró que no era impedimento para llegar a tal conclusión el hecho de que la reclamante aportara en juicio antecedentes que no acompañó en la fiscalización, pues no existe ninguna sanción legal que prive a la actora de acompañar en juicio antecedentes que no aportó en etapa administrativa para desvirtuar los fundamentos de la liquidación, ya que la norma del inciso 11 del artículo 132 del código tributario