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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Municipalidad de Pich…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Municipalidad de Pichidegua, en el que se solicitaba información sobre la recolección, transporte y disposición final de residuos domiciliarios. Se ordenó entregar los gastos correspondientes a los años 2008 a 2014 y las cantidades en toneladas destinadas a ese fin entre los años 2008 a 2013 y el año 2018, por tratarse de información pública cuya inexistencia no fue suficientemente acreditada. Si la información no obra en poder del municipio, deberá comunicarlo expresa y fundadamente al solicitante y al Consejo. Se representó además la falta de colaboración del órgano, al no presentar descargos. Se fijó un plazo de cinco días hábiles para cumplir, bajo apercibimiento legal, y se previó la procedencia del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros; Aseo y Ornato

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negarse a entregar información sobre gastos de residuos domiciliarios alegando que no la tiene?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que la inexistencia de la información no fue suficientemente acreditada por la Municipalidad de Pichidegua, por lo que ordenó su entrega. Si el órgano efectivamente no la posee, debe comunicarlo expresa y fundadamente al solicitante y al Consejo.

¿Qué consecuencias tiene para un órgano público no presentar descargos ante un amparo de acceso a la información en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia representó la falta de colaboración de la Municipalidad de Pichidegua por no presentar descargos. Además, fijó un plazo de cinco días hábiles para cumplir la decisión, bajo apercibimiento legal.

¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo previó la procedencia del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. Esta vía queda disponible para impugnar la resolución que acogió el amparo contra la Municipalidad de Pichidegua.

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