Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del maule rechazó una reclamación tributaria al determinar su extemporaneidad respecto de cuatro de los giros reclamados, en atención a la validez de su notificación por correo electrónico; y, por otro lado, en relación con otros dos giros reclamados, concluyó que dichos actos administrativos sí contenían una fundamentación tanto de hecho como de derecho, la cual permitió al s.i.i. determinar las diferencias de impuestos calculadas y que permitían a la contribuyente reclamante, a su vez, tomar debido conocimiento de la emisión de los giros así como de los intereses y multas aplicados.