Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente PERAZA interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la demora en la tramitación de su solicitud migratoria. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, acogiendo el recurso. La decisión se adoptó con el voto en contra del Ministro Sr. Ruz, quien estimó que no existían indicios de discriminación ni arbitrariedad en el procedimiento. El disidente consideró que la demora no infringía el plazo razonable del artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, señaló que el recurso de protección no es la vía idónea para corregir procedimientos administrativos en curso. Además, destacó que el recurrente se encontraba en situación migratoria regular, por lo que no se constataba una amenaza a sus derechos constitucionales. En consecuencia, la mayoría resolvió confirmar la protección otorgada por el tribunal inferior.