El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringía la aplicación de penas sustitutivas a la privación de libertad. La parte resolutiva registrada corresponde a un acogimiento parcial. Según los fundamentos, el precepto fue considerado desproporcionado e inequitativo por aplicarse incluso a delitos de menor gravedad, lo que se estimó incompatible con la igualdad ante la ley, el debido proceso y la finalidad de reinserción social. En cuanto a la Ley N° 20.813, que modificó el tratamiento penal del porte de armas de fuego, el tribunal sostuvo que el artículo 17 B era constitucionalmente cuestionable al impedir aplicar las reglas generales del Código Penal a quienes portan armas sin autorización, sin distinguir si cometieron un delito con ellas o si las usaron para un fin lícito, lo que vulneraba la igualdad ante la ley.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerechos ImplicitosIgualdad Ante La LeyPrincipio De Tipicidad
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional que la ley restrinja las penas sustitutivas solo a la privación de libertad en delitos de menor gravedad?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y estimó que el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 era desproporcionado e inequitativo al aplicarse incluso a delitos de menor gravedad. Lo consideró incompatible con la igualdad ante la ley, el debido proceso y la finalidad de reinserción social.
¿Puede el tratamiento penal del porte de armas de fuego impedir aplicar las reglas generales del Código Penal sin distinguir la finalidad del porte?
En este caso, el tribunal sostuvo que el artículo 17 B, introducido por la Ley N° 20.813, era constitucionalmente cuestionable porque impedía aplicar las reglas generales del Código Penal a quienes portan armas sin autorización. Señaló que no distinguía si se cometió un delito con ellas o si se usaron para un fin lícito, lo que vulneraba la igualdad ante la ley.
¿Cuándo procede declarar inaplicable una norma penal por vulnerar la igualdad ante la ley?
En este caso, el Tribunal Constitucional examinó normas penales que, por su alcance general, trataban de forma igual situaciones distintas, como delitos de diversa gravedad o porte de armas con y sin delito. Por esa razón, estimó que afectaban la igualdad ante la ley y el debido proceso.
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