Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de una profesional que ejercía como jefa de unidad técnico pedagógica en la municipalidad de Paine, cuyas funciones fueron puestas término mediante decreto alcaldicio. El organismo concluyó que el decreto se ajusta a derecho, en tanto la decisión fue adoptada después del vencimiento del periodo de nombramiento, conforme a lo previsto en el artículo 73 de la ley N° 19.070. Respecto de la contratación por 14 horas cronológicas, aplicó la causal del artículo 72, letra d), de la misma ley, que contempla el término del periodo contractual, recordando que la contratación es esencialmente transitoria. Sin embargo, al no constar en el expediente ni en el sistema de control de personal el decreto de contratación, no pudo verificar la legalidad de esa desvinculación, por lo que ordenó al municipio informar y remitir el acto de designación en un plazo de 15 días.