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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el nombramiento de la jefatur…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el nombramiento de la jefatura de una unidad técnico pedagógica de una escuela especial municipal, cuando el concurso fue convocado antes de la entrada en vigencia de la ley N° 20.501. El organismo concluyó que el proceso debe continuar conforme a la normativa vigente a la fecha de la convocatoria y terminar con la designación del ganador. Advirtió que, al ser hoy un cargo de exclusiva confianza del director, el nombramiento sólo podía durar hasta el 26 de febrero de 2014, fecha desde la cual debe proveerlo el director conforme al artículo 34 C de la ley N° 19.070. Estimó procedente que el alcalde se negara a efectuar el nombramiento, pues la propuesta del director se formuló cuando el concurso ya estaba en curso. Respecto de las diferencias de remuneraciones reclamadas, señaló que no había antecedentes suficientes para acreditarlas, aunque la municipalidad deberá pagarlas si se verifica la prestación de funciones, para evitar un enriquecimiento sin causa.

Normas citadas

  • ley 19070 art/34C
  • ley 20501 art/quinto tran
  • ley 20501 art/tercero tran inc/fin
  • ley 19880 art/18 ley 20501 art/tercero tran inc/2
  • ley 20501 art/tercero tran inc/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con un concurso para la jefatura de una unidad técnico pedagógica en una escuela municipal si se convocó antes de la ley 20.501?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el proceso debe continuar conforme a la normativa vigente a la fecha de la convocatoria y terminar con la designación del ganador.

¿Puede el director proponer a un profesional para un cargo de confianza en una escuela municipal mientras el concurso está en curso?

En este caso, la Contraloría estimó procedente que el alcalde se negara a efectuar el nombramiento, porque la propuesta del director se formuló cuando el concurso ya estaba en curso.

¿Debe la municipalidad pagar diferencias de remuneraciones reclamadas por quien desempeñó funciones de jefatura sin acreditación completa?

En este caso, la Contraloría señaló que no había antecedentes suficientes para acreditar las diferencias, aunque la municipalidad deberá pagarlas si se verifica la prestación de funciones, para evitar un enriquecimiento sin causa.

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