Administrativo

Jefe de unidad técnico-pedagógica, nombrado conforme a lo dispuesto en el inciso final…

Resumen del criterio jurisprudencial

Jefe de unidad técnico-pedagógica, nombrado conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 24 de la ley N° 19.070, no tiene derecho a la asignación que reclama. Artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.903 regula situaciones excepcionales que menciona

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.