Resumen del criterio jurisprudencial
Jefe de unidad técnico-pedagógica, nombrado conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 24 de la ley N° 19.070, no tiene derecho a la asignación que reclama. Artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.903 regula situaciones excepcionales que menciona