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La Contraloría General de la República resolvió que no se ajustó a derecho la destinaci…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió que no se ajustó a derecho la destinación transitoria de una directora de establecimiento educacional a la escuela F-677 de la comuna de Padre H., realizada conforme al inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley N° 20.501. Según el criterio del organismo, el nombramiento en funciones del artículo 5° de la ley N° 19.070 debe efectuarse en calidad de titular, lo que no constaba en el caso. Por ello, ordenó al municipio regularizar la situación de la peticionaria e informar en 15 días hábiles. Respecto de la consulta sobre antigüedad para una indemnización, concluyó que los nombramientos no le afectan, pues el tiempo computable es el servicio ininterrumpido en la municipalidad, y complementó el dictamen N° 58.448, de 2013.

Normas citadas

  • ley 20501 art/primero tran inc/1 ley 19070 art/31 bis
  • ley 19070 art/34D
  • ley 20501 art/primero tran inc/2
  • ley 20501 art/primero tran inc/3
  • ley 19070 art/73
  • ley 19070 art/5
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Es ajustada a derecho la destinación transitoria de un director o directora de escuela municipal en Chile si no se efectúa en calidad de titular?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que no se ajustó a derecho la destinación transitoria de una directora de escuela, porque el nombramiento en funciones del artículo 5° de la ley N° 19.070 debe hacerse en calidad de titular, lo que no constaba. Ordenó al municipio regularizar la situación de la peticionaria e informar en 15 días hábiles.

¿Afectan los nombramientos de un docente directivo al cálculo de la antigüedad para una indemnización por años de servicio municipal?

En este caso, la Contraloría concluyó que los nombramientos no afectan el cálculo, porque el tiempo computable es el servicio ininterrumpido prestado en la municipalidad. Complementó en ese sentido el dictamen N° 58.448, de 2013.

¿Qué ocurre cuando la Contraloría detecta que un municipio aplicó mal el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley N° 20.501?

En este caso, el organismo estimó que la destinación transitoria realizada conforme a esa disposición no se ajustó a derecho y ordenó al municipio regularizar la situación de la funcionaria afectada. Le exigió informar del cumplimiento en un plazo de 15 días hábiles.

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