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La Corte Suprema, en sentencia de reemplazo, condenó a Cea Tapia a la pena de cinco año…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema, en sentencia de reemplazo, condenó a Cea Tapia a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas o sustancias estupefacientes, cometido el 17 de noviembre de 2015 en la comuna de San Francisco de Mostazal. Se eliminaron párrafos del considerando décimo cuarto del fallo anulado y se reprodujeron considerandos de la sentencia de nulidad. La corte consideró que no existían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y que la droga fue incautada antes de llegar a los consumidores finales, lo que constituye una mínima extensión del mal causado. Se mantuvieron las demás sanciones impuestas en la sentencia parcialmente anulada. La decisión se fundamentó en los artículos 68 y 69 del Código Penal y en los artículos 373 letra b), 384 y 385 del Código Procesal Penal. La redacción estuvo a cargo del abogado integrante señor Ferrada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.