El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Corporación de Fomento de la Producción, relacionado con los resultados de un concurso tecnológico y con la copia de los proyectos adjudicados. Al analizar la admisibilidad, el Consejo constató que no se advertía con claridad la infracción alegada, ya que no quedaba establecido si el reclamo apuntaba a la denegación de acceso a los proyectos. Ejerciendo la facultad del artículo 46 del Reglamento para ordenar subsanar o aclarar, el Consejo no recibió presentación alguna del reclamante. En consecuencia, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 citado, decisión que no admite recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un amparo de acceso a la información pública no señala claramente la infracción alegada ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo constató que no quedaba claro si el reclamo apuntaba a la denegación de acceso a los proyectos. Al no recibir aclaración del reclamante tras la facultad del artículo 46 del Reglamento, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia.
¿Procede recurso de reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo y dejó constancia de que esa decisión no admite recurso de reposición. La resolución no ofrece otra vía de impugnación dentro del mismo procedimiento.
¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar subsanar o aclarar un amparo antes de declararlo inadmisible?
En este caso, el Consejo ejerció la facultad del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia para ordenar subsanar o aclarar el reclamo. Como el reclamante no hizo presentación alguna, el Consejo declaró inadmisible el amparo.
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