El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que impide acceder a penas sustitutivas en ciertos casos. La mayoría acogió el requerimiento, sosteniendo que el derecho a penar del Estado debe respetar la dignidad humana, la proporcionalidad y la igualdad ante la ley, y que la norma resulta desproporcionada e inequitativa al excluir las penas sustitutivas incluso en delitos de menor gravedad. Se afirmó que estas penas no implican impunidad y que, junto con la reinserción social, deben considerarse en la interpretación constitucional. El Ministro M.Á.F.G. estuvo por rechazar el requerimiento, y el Ministro R.P.F. previno que compartía la decisión de acoger.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17 B, de Ley N° 17.365
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir las penas sustitutivas de la Ley N° 18.216 en todos los casos, incluso en delitos de menor gravedad?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y sostuvo que la exclusión resulta desproporcionada e inequitativa al impedir las penas sustitutivas incluso en delitos de menor gravedad, lo que vulnera la dignidad humana y la igualdad ante la ley.
¿Las penas sustitutivas equivalen a impunidad y debe el juez considerarlas en la interpretación constitucional de la reinserción social?
En este caso, el Tribunal sostuvo que las penas sustitutivas no implican impunidad y que, junto con la reinserción social, deben considerarse al interpretar la norma conforme a la Constitución.
¿Puede el Tribunal Constitucional acoger un requerimiento de inaplicabilidad contra una norma que restringe el acceso a penas sustitutivas?
En este caso, el Tribunal acogió el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216, aunque el Ministro M.Á.F.G. estuvo por rechazarlo y el Ministro R.P.F. previno que compartía la decisión de acoger.
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