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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por supuesta infracción…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por supuesta infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones. El Consejo concluyó que la presentación no reclamaba la falta de publicación de información exigida por el artículo 7º de la Ley de Transparencia ni por el artículo 51 de su Reglamento, sino que expresaba la disconformidad del reclamante con la denegación de su solicitud de permanencia definitiva. Al no existir un elemento habilitante para su interposición, el reclamo fue declarado inadmisible. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadGrupos de interés especial

Preguntas frecuentes

¿Procede reclamar al Consejo para la Transparencia por falta de transparencia activa si la presentación cuestiona una decisión migratoria?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo porque no alegaba la falta de publicación de información exigida por los artículos 7º de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento, sino la disconformidad con la denegación de una solicitud de permanencia definitiva. Sin un elemento habilitante, no procedió su tramitación.

¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?

En este caso, el Consejo indicó que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación de la decisión.

¿Qué diferencia hay entre un reclamo por transparencia activa y una disconformidad con una decisión administrativa?

En este caso, el Consejo sostuvo que el reclamo por transparencia activa exige reclamar la falta de publicación de información obligatoria, y que expresar disconformidad con una decisión administrativa no cumple ese requisito, por lo que el reclamo fue inadmisible.

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