Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones, relativo al estado de una solicitud de permanencia definitiva. El Consejo determinó que esa materia no corresponde a obligaciones de publicación en sitios electrónicos, por lo que el reclamo carece de un elemento habilitante y fue declarado inadmisible, por ausencia de infracción al artículo 7 de la Ley de Transparencia y al artículo 51 de su Reglamento. Se indicó a la parte reclamante que puede consultar el estado de su trámite mediante una solicitud de acceso a la información pública dirigida al Servicio. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en un plazo de quince días corridos desde su notificación, y no procede recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio que un servicio público publique en su sitio web el estado de las solicitudes de permanencia definitiva de migrantes?

En este caso, el Consejo para la Transparencia determinó que el estado de una solicitud de permanencia definitiva no corresponde a obligaciones de transparencia activa, por lo que el reclamo fue declarado inadmisible por no existir infracción al artículo 7 de la Ley de Transparencia ni al artículo 51 de su Reglamento.

¿Qué puede hacer una persona si quiere conocer el estado de su trámite migratorio y no lo encuentra publicado?

En este caso, el Consejo indicó que la persona puede consultar el estado de su trámite mediante una solicitud de acceso a la información pública dirigida al Servicio Nacional de Migraciones.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por transparencia activa, qué recursos proceden?

En este caso, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no procede recurso de reposición.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2023 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.