Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, identificado como Castro, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones de Chile por la demora en resolver su solicitud administrativa. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso. El tribunal consideró que la demora no era ilegal, ya que el plazo de seis meses del artículo 27 de la Ley N° 19.880 no es fatal. Tampoco era arbitraria, pues se debió a la masificación de la migración regular e irregular, un hecho notorio. Además, el recurrente se encontraba en situación migratoria regular durante la tramitación, por lo que no se afectaban sus derechos constitucionales. La Corte señaló que el recurso de protección no es el mecanismo adecuado para acelerar procedimientos administrativos, existiendo el silencio administrativo como vía específica. Finalmente, acoger el recurso habría vulnerado el principio de igualdad ante la ley.