El Tribunal Constitucional conoció una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalid…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida en una gestión judicial pendiente. Se discutía si el artículo 19, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye penas sustitutivas para ciertos delitos, vulneraba la igualdad ante la ley, la proporcionalidad de las penas y el debido proceso. La mayoría acogió parcialmente el requerimiento y declaró inaplicable ese precepto en el caso concreto, por estimar que la exclusión era desproporcionada al no considerar la gravedad del delito ni las circunstancias concretas, afectando la facultad del juez para individualizar la pena. En cambio, declaró que el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, no resulta contrario a la Constitución, considerando el margen del legislador para fijar penas en materia de control de armas, bien jurídico reconocido en el artículo 103 de la Carta Fundamental.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 19.968
artículo 17, inciso B, de Convención Americana de Derechos Humanos
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
artículo 69, de Código Penal
Decreto Ley N° 69
Tribunal ConstitucionalINADebido ProcesoDeterminación de la penaReinserción socialpenas sustitutivasIgualdad ante la LeyPrincipio de proporcionalidad de la Pena
Preguntas frecuentes
¿Puede el Tribunal Constitucional declarar inaplicable la exclusión de penas sustitutivas que establece la Ley 18.216 para ciertos delitos?
Sí, en este caso el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y declaró inaplicable el artículo 19, inciso segundo, de la Ley N° 18.216. Estimó que la exclusión era desproporcionada porque no consideraba la gravedad del delito ni las circunstancias concretas, lo que afectaba la facultad del juez para individualizar la pena.
¿Es constitucional la pena fijada en el artículo 17 B de la Ley de control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró que el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 no es contrario a la Constitución. Consideró el margen de que dispone el legislador para fijar penas en materia de control de armas, bien jurídico reconocido en el artículo 103 de la Carta Fundamental.
¿Cuándo una exclusión legal de penas sustitutivas vulnera la igualdad ante la ley y la proporcionalidad de las penas?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que una exclusión automática de penas sustitutivas puede vulnerar la proporcionalidad de las penas cuando no permite al juez considerar la gravedad del delito ni las circunstancias concretas. La mayoría estimó que ese efecto afectaba la facultad judicial de individualizar la pena.
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