El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento de inaplicabilidad, dec…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento de inaplicabilidad, declarando inaplicable el artículo 19, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 por vulnerar el principio de proporcionalidad y racionalidad de las penas, al impedir al juez considerar la gravedad del delito y las circunstancias particulares del caso para determinar una pena adecuada, pues las penas sustitutivas no implican impunidad y buscan la reinserción social. En cambio, rechazó la impugnación al artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, concluyendo que no contraviene la Constitución, ya que no restringe la individualización judicial de la pena, sino que establece un marco legal dentro del cual el juez puede operar, garantizando una respuesta punitiva severa y coherente con la política criminal en materia de control de armas, sin afectar el principio de culpabilidad.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, inciso B, de Ley N° 17.365
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
Ley N° 20.000
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAley de control de armasDeterminación de la penaPrincipio de proporcionalidad de la Penapenas sustitutivasIgualdad ante la LeyReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es inconstitucional impedir al juez considerar la gravedad del delito al otorgar penas sustitutivas?
Según este fallo, sí. El Tribunal Constitucional declaró inaplicable el inciso segundo del artículo 19 de la Ley N° 18.216 por vulnerar el principio de proporcionalidad y racionalidad de las penas, porque impedía al juez considerar la gravedad del delito y las circunstancias del caso.
¿Las penas sustitutivas implican impunidad para el condenado?
No, según este fallo. El Tribunal sostuvo que las penas sustitutivas no implican impunidad y que buscan la reinserción social del condenado.
¿Es constitucional la restricción legal a la individualización judicial de la pena en delitos de control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación al inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798, concluyendo que no contraviene la Constitución. Estimó que establece un marco legal dentro del cual el juez puede operar, sin afectar el principio de culpabilidad.
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