Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de una anotaci…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de una anotación de demérito aplicada a una funcionaria municipal de San Bernardo, quien se negó a firmarla al ser notificada. El dictamen reitera su criterio previo: los funcionarios municipales sólo pueden reclamar ante este organismo las anotaciones de demérito una vez notificados del fallo del recurso de apelación contra su calificación, dentro del plazo del artículo 156 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Lo fundamenta en que estas anotaciones y sus solicitudes de modificación (artículos 37, 40 y 41 del mismo estatuto) forman parte de los antecedentes que la junta calificadora considera durante la evaluación anual. En consecuencia, concluye que la peticionaria podrá reclamar la anotación ante la Contraloría en la oportunidad indicada.

Normas citadas

  • ley 18883 art/156
  • ley 18883 art/37
  • ley 18883 art/40
  • ley 18883 art/41
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario municipal puede reclamar ante la Contraloría una anotación de demérito?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los funcionarios municipales sólo pueden reclamar ante ella las anotaciones de demérito una vez notificados del fallo del recurso de apelación contra su calificación, dentro del plazo del artículo 156 de la ley N° 18.883. Concluyó que la peticionaria podrá reclamar la anotación en esa oportunidad.

¿Qué pasa si un funcionario municipal se niega a firmar una anotación de demérito?

En este caso, la Contraloría se pronunció sobre una funcionaria municipal que se negó a firmar la anotación de demérito al ser notificada, y reiteró que el reclamo procede en la oportunidad que fija la ley. El resumen no describe otras consecuencias de la negativa a firmar.

¿Las anotaciones de demérito influyen en la calificación anual de los funcionarios municipales?

En este caso, la Contraloría sostuvo que las anotaciones de demérito y sus solicitudes de modificación, reguladas en los artículos 37, 40 y 41 de la ley N° 18.883, forman parte de los antecedentes que la junta calificadora considera en la evaluación anual. Por eso el reclamo sobre la anotación se vincula con la calificación del funcionario.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2012 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de un funcio…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de un funcionario municipal,…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República acogió el reclamo de una funcionaria municipal a…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

  • La Contraloría General de la República acogió el reclamo de un funcionario municipal re…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de un funcionario municipal,…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.