La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una municipalidad podía mu…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2010
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una municipalidad podía multar a contribuyentes con patente comercial por omitir la declaración de su capital propio. El dictamen distingue según la fecha de los hechos: si los contribuyentes estaban obligados a presentar esa declaración según el texto del artículo 24 del decreto ley N° 3.063 anterior al 4 de julio de 2008, la multa del artículo 52 se ajusta a derecho. En cambio, tras la modificación introducida por la ley N° 20.280, los contribuyentes ya no tienen esa obligación, porque el capital propio lo informa directamente el Servicio de Impuestos Internos, por lo que no procede la sanción. El órgano agregó que las multas del artículo 52 solo proceden por la falta de las declaraciones previstas en el decreto ley, y no por las presentaciones que deben hacerse ante el Servicio de Impuestos Internos.
Normas citadas
dl 3063/79 art/52
dto 2385/96 inter
ley 20280
dl 3063/79 art/23
dto 484/80 inter
dl 3063/79 art/24 inc/4
dl 3063/79 art/25
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Puede una municipalidad multar por no declarar el capital propio para la patente comercial?
Depende de la fecha de los hechos. Según este dictamen de la Contraloría, antes de la modificación de la ley N° 20.280 la multa del artículo 52 del decreto ley N° 3.063 era procedente, pero después ya no procede, porque el capital propio lo informa directamente el Servicio de Impuestos Internos.
¿Se pueden aplicar las multas del artículo 52 del decreto ley N° 3.063 por presentaciones que deben hacerse ante el Servicio de Impuestos Internos?
No. En este caso, la Contraloría sostuvo que las multas del artículo 52 solo proceden por la falta de las declaraciones previstas en el decreto ley, y no por las presentaciones que deben hacerse ante el Servicio de Impuestos Internos.
¿Desde cuándo los contribuyentes dejaron de estar obligados a declarar su capital propio ante la municipalidad?
En este dictamen, la Contraloría explicó que, tras la modificación introducida por la ley N° 20.280 al artículo 24 del decreto ley N° 3.063, los contribuyentes ya no tienen esa obligación, porque el capital propio lo informa el Servicio de Impuestos Internos.
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Dictamen · Contraloría General de la República · 2013
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