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La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración prese…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración presentada por un contribuyente respecto de los dictámenes 4.729 y 8.202, ambos de 2011, que fijaron criterio sobre la multa del artículo 52 del decreto ley N° 3.063, de 1979. Esa multa, equivalente al cincuenta por ciento del valor de la patente, se aplica a quienes no presentan oportunamente la declaración del número de trabajadores de cada sucursal, oficina o establecimiento. El contribuyente sostenía que la declaración era improcedente porque su casa matriz y su sucursal estaban en la misma comuna y no había perjuicio municipal. La Contraloría rechazó ese argumento: el legislador no condicionó la multa a la existencia de perjuicio, por lo que no cabe exigirlo por vía interpretativa. Por ello, ratificó los criterios de los dictámenes cuestionados.

Normas citadas

  • dl 3063/79 art/25
  • dl 3063/79 art/52
  • dto 484/80 INTER art/9
  • ley 20280
  • dl 3063/79 art/24
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se puede aplicar la multa del artículo 52 del decreto ley 3.063 por no declarar el número de trabajadores de una sucursal si no hubo perjuicio municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no, porque el legislador no condicionó la multa a la existencia de perjuicio, por lo que no cabe exigirlo por vía interpretativa. Ratificó así los criterios de dictámenes anteriores que aplicaron la multa.

¿Está obligado un contribuyente a declarar el número de trabajadores de cada sucursal aunque esté en la misma comuna que su casa matriz?

En este caso, la Contraloría rechazó el argumento de que la declaración era improcedente por estar la sucursal en la misma comuna que la casa matriz. Reafirmó que la declaración del número de trabajadores de cada sucursal, oficina o establecimiento debe presentarse oportunamente.

¿Cuál es el monto de la multa por no presentar oportunamente la declaración de trabajadores por sucursal en la patente municipal?

Según este dictamen, la multa del artículo 52 del decreto ley 3.063 equivale al cincuenta por ciento del valor de la patente. Se aplica a quienes no presentan oportunamente la declaración del número de trabajadores de cada sucursal, oficina o establecimiento.

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