Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre reclamos presentados por tres sociedades contra la Municipalidad de Ñuñoa, que les aplicó multa por no presentar oportunamente la declaración del número total de trabajadores de cada sucursal, oficina o establecimiento, exigida por el decreto ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales. Las recurrentes alegaban que sus sucursales se ubicaban en la misma comuna, por lo que la declaración carecería de relevancia. El organismo recordó su jurisprudencia, según la cual corresponde aplicar la multa del artículo 52 del mismo decreto a los contribuyentes que no presenten la declaración, aunque hayan entregado la información en otro servicio o municipio. Asimismo, precisó que, conforme al artículo 19 del Código Civil, cuando el sentido de la ley es claro no se desatiende su tenor literal, y que el artículo 25 no exime de presentar la declaración a quienes se encuentren en esa situación.