Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció, mediante un dictamen reconsiderado por el dictamen 14666/2014, sobre el reclamo de un contribuyente frente a una multa aplicada por una municipalidad por no presentar la declaración de capital propio. El órgano concluyó que, tras la modificación introducida por la ley N° 20.280, los contribuyentes de patente comercial ya no tienen la obligación de efectuar esa declaración ante el municipio, pues el Servicio de Impuestos Internos la recibe directamente. Por ello, el artículo 52 del decreto ley N° 3.063 no sanciona esa omisión, y las multas de dicho artículo solo proceden por la falta de las declaraciones que sí exige la ley, como la del número de trabajadores por sucursal. En consecuencia, ordenó al municipio adoptar las medidas que correspondan conforme a lo expuesto.