El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 116 del Código Tributario, que permitía a los Directores Regionales del Servicio de Impuestos Internos delegar facultades jurisdiccionales en funcionarios del mismo servicio. El fallo sostuvo que la jurisdicción es una función pública emanada de la soberanía, según los artículos 5°, 6°, 7°, 19 N° 3 inciso cuarto, y 76 de la Constitución, y que por ello es indelegable. Concluyó que dicha delegación vulnera el derecho a ser juzgado por un tribunal establecido por la ley, imparcial e independiente, la prohibición de atribuirse competencias no conferidas por la ley y el principio de inexcusabilidad. La sentencia fue acogida, aunque la ministra M.P.S.G. y el ministro G.G.P. estuvieron por rechazar el requerimiento, y el ministro R.P.F. previno que también estuvo por acoger la impugnación.
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasPrincipio de proporcionalidad de la PenaDeterminación de la penaIgualdad ante la LeyReinserción socialley de control de armas
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional que un Director Regional del Servicio de Impuestos Internos delegue facultades jurisdiccionales en sus funcionarios?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y declaró inaplicable el artículo 116 del Código Tributario, porque la jurisdicción es una función pública indelegable. Esa delegación vulnera el derecho a un tribunal establecido por la ley, imparcial e independiente.
¿Puede un órgano administrativo tributario atribuirse competencias jurisdiccionales no conferidas por la ley?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que no, porque la prohibición de atribuirse competencias no conferidas por la ley y el principio de inexcusabilidad fueron vulnerados por la delegación de facultades jurisdiccionales. La sentencia fue acogida, aunque dos ministros estuvieron por rechazar el requerimiento.
¿Qué derechos constitucionales protege la exigencia de que los juicios tributarios sean resueltos por tribunales independientes e imparciales?
En este caso, el Tribunal Constitucional señaló que se protegen el derecho a ser juzgado por un tribunal establecido por la ley, imparcial e independiente, y el principio de inexcusabilidad, según el artículo 19 N° 3 de la Constitución. Estos fundamentos sustentaron la declaración de inaplicabilidad del artículo 116 del Código Tributario.
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