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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado contra una disposición legal que excluye la posibilidad de acceder a penas sustitutivas en ciertos delitos, como violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas, y tráfico de drogas. El requirente sostenía que la norma era desproporcionada y vulneraba la igualdad ante la ley. Sin embargo, el Tribunal consideró que la exclusión de penas sustitutivas se enmarca en la potestad del legislador para definir la política criminal, y que, en el caso concreto, la disposición no resultaba discriminatoria ni carente de razonabilidad. Se destacó que el control de inaplicabilidad es concreto y que el reproche adicional contenido en los ilícitos imputados justifica la medida, sin que corresponda al Tribunal Constitucional determinar la pena específica, materia propia del tribunal penal competente.

Normas citadas

  • artículo 116, de Código Tributario
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir de penas sustitutivas a ciertos delitos como el tráfico de drogas o la violencia de género?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que la exclusión de penas sustitutivas forma parte de la potestad del legislador en política criminal. Concluyó que la norma, aplicada al caso, no era discriminatoria ni carente de razonabilidad.

¿Puede el Tribunal Constitucional fijar la pena específica en un caso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad?

No. En este caso, el Tribunal señaló que la determinación de la pena específica es materia propia del tribunal penal competente y no del Tribunal Constitucional, cuyo control es concreto.

¿La exclusión de penas sustitutivas vulnera la igualdad ante la ley?

En este caso, el Tribunal descartó la vulneración, porque consideró que el reproche adicional contenido en los ilícitos imputados justifica la medida. Por eso estimó que la disposición no resultaba discriminatoria.

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