El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo presentado por un parti…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo presentado por un particular contra el Servicio Nacional de Migraciones. El reclamante alegaba la falta de respuesta a su solicitud de nacionalización, pero no imputaba un incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa, esto es, la falta de completitud o de acceso a la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos. Según el Consejo, el reclamo carecía de un elemento habilitante, por lo que no existía infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento. La resolución, adoptada por unanimidad, indica que contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, y no el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?
En este caso, el Consejo indicó que contra su resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, y no el recurso de reposición. La decisión fue adoptada por unanimidad.
¿Qué se entiende por elemento habilitante en un reclamo ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo sostuvo que el reclamo carecía de un elemento habilitante porque no se denunciaba una falta de completitud o de acceso a la información de transparencia activa. Sin ese elemento, no existía infracción a las normas de transparencia citadas.
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