El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública i…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública interpuesto por una empresa contra la Municipalidad de Trehuaco, relativo a información sobre ferias libres. Al analizar la admisibilidad, el Consejo constató que la parte reclamante no había designado un apoderado que la representara ante el organismo. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, le ordenó subsanar la omisión en un plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de inadmisibilidad, y la empresa no realizó presentación alguna. Por ello, el Consejo declaró inadmisible el amparo, con fundamento en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y en el citado artículo reglamentario, y ordenó notificar la decisión a las partes. Contra esta resolución no procede recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si una empresa presenta un amparo de acceso a la información pública y no designa apoderado ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo ordenó subsanar la omisión en cinco días hábiles, bajo apercibimiento de inadmisibilidad. Como la empresa no hizo presentación alguna, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 de su Reglamento.
¿Es posible presentar reposición contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?
En este caso, el Consejo dejó constancia de que contra su resolución que declaró inadmisible el amparo no procede recurso de reposición. La decisión se notificó a las partes.
¿Cómo se pueden solicitar a una municipalidad antecedentes sobre ferias libres mediante el amparo de transparencia?
En este caso, una empresa interpuso un amparo ante el Consejo contra la Municipalidad de Trehuaco por información sobre ferias libres. El amparo no llegó al fondo, porque fue declarado inadmisible por no haberse designado apoderado tras la orden de subsanar.
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