Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por un particular en contra de la Municipalidad de Diego de Almagro, que no había respondido sus consultas sobre acciones y medidas del municipio relativas a temática indígena. El Consejo ordenó al municipio responder dichas consultas, que pueden satisfacerse con una respuesta breve, y, si la respuesta es afirmativa, entregar el documento que contenga los antecedentes, tarjando previamente los nombres y apellidos de integrantes de comunidades indígenas y los datos personales de contexto, salvo los de quienes sean representantes legales de esas comunidades. Se fijó un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se exigió acreditar la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.