Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado por una persona contra la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. La Junta fue reclamada por no responder adecuadamente a lo solicitado, y el Consejo debió determinar si la pretensión correspondía al derecho de acceso a la información pública regulado por la Ley de Transparencia. Concluyó que la solicitud de otorgamiento de un beneficio corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información, por lo que declaró inadmisible el amparo. Como consecuencia, se ordenó notificar la decisión a la parte reclamante y al órgano reclamado. Se indicó que, contra esta decisión, procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos, y que no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Una solicitud para que un organismo otorgue un beneficio se tramita como amparo de acceso a la información pública?

No, en este caso el Consejo para la Transparencia sostuvo que pedir el otorgamiento de un beneficio corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información. Por eso declaró inadmisible el amparo.

¿Qué recurso procede contra una decisión de inadmisibilidad del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos. No procede el recurso de reposición contra la decisión.

¿Qué diferencia hay entre el derecho de petición y el derecho de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo concluyó que una pretensión de otorgamiento de un beneficio se encuadra en el derecho de petición y no en el derecho de acceso regulado por la Ley de Transparencia. Esa distinción determinó la inadmisibilidad del amparo.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública i…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.