Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, por la negativa a entregar antecedentes sobre un colector de edificio. El Consejo estimó que la información es de carácter público, que el tercero interesado no se opuso a su entrega y que no concurren causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación. Por lo tanto, ordenó la entrega de la información, previa tarja de los datos personales y sensibles de contexto, conforme al principio de divisibilidad y a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Asimismo, se advirtió el apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, que contempla multas para el incumplimiento, y se indicó el procedimiento para acreditar el cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.