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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado contra el Servicio de Salud Metropolitano Central, cuya solicitud pretendía que el organismo se pronunciara sobre fechas futuras de pago de facturas. El Consejo estimó que dicha pretensión corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo por unanimidad de los miembros presentes. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la parte reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia, sin que proceda el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Se puede usar el amparo de acceso a la información pública para que un organismo se pronuncie sobre fechas futuras de pago?

No, en este caso el Consejo para la Transparencia estimó que esa pretensión corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo.

¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, el reclamo de ilegalidad procede ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la parte reclamante, dentro de 15 días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.

¿Qué diferencia hay entre el derecho de petición y el derecho de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que pedir que un organismo se pronuncie sobre hechos futuros, como fechas de pago, excede el acceso a información existente y corresponde al derecho de petición, por lo que el amparo fue declarado inadmisible.

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