TributarioRechaza

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación in…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014

Resumen

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación interpuesta teniendo presente que, no huelga precisar que en la especie efectivamente se ha incumplido lo vertido en el numerando 2 del artículo 8 bis del código del ramo, que prescribe: ¿sin perjuicio de los derechos garantizados por la constitución y las leyes, constituyen derechos de los contribuyentes, los siguientes: 2. derecho a obtener en forma completa y oportuna las devoluciones previstas en las leyes tributarias debidamente actualizadas¿. sin embargo, también se debe colegir que los plazos de revisión consignados en el artículo 59 citado, fueron incorporados por la ley 20.420 de 2010, siendo esta misma ley que estableció los derechos que se reconocen a los contribuyentes en el artículo 8 bis del código tributario. por lo anterior, sería ilógico que no se considerara lo dispuesto en el artículo 59 del código del ramo, privilegiando lo prescrito en el artículo 8 bis del mismo texto legal.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Artículo 8 Bis del Código Tributario
  • Ley 19.880
  • Ley 20.420
  • Ley N° 20322
  • DFL N° 7
  • Código de Procedimiento Civil

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.