Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Coelemu, por una solicitud de acceso a información sobre la supervisión en terreno de una actividad realizada el 28 de noviembre de 2025 en el marco de un contrato de servicios. El reclamante pidió saber si se designó formalmente a un funcionario de la Comisión Concursal para fiscalizar el cumplimiento del proveedor y copia de las actas, informes u observaciones levantadas al respecto. El Consejo consideró que se trataba de información pública, que no se invocó causal de secreto o reserva y que no se acreditó la búsqueda conforme a la Instrucción General N° 10. En consecuencia, ordenó a la municipalidad responder al reclamante, entregar la información existente o, si no obra en su poder, comunicarlo fundadamente. Rechazó, en cambio, las alegaciones relativas a supervisión efectiva ante el requerimiento del Consejo, trazabilidad de la evaluación psicolaboral, conformidad del servicio, inconsistencias de las bases técnicas y control administrativo, por exceder el tenor de la solicitud original.