El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye de la posibilidad de acceder a penas sustitutivas a ciertos delitos. La parte requirente sostuvo que dicha exclusión total vulnera la igualdad ante la ley, el debido proceso y el principio de proporcionalidad de las penas, al no considerar la gravedad concreta del ilícito ni las circunstancias del imputado. Una mayoría del Tribunal sostuvo que la norma podía resultar desproporcionada, pero en la parte resolutiva decidió rechazar el requerimiento. Razonó que el legislador goza de un margen de decisión autónomo en materia de reserva de ley penal, y que los delitos imputados al requirente (entre ellos violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas, y tráfico o producción de drogas) justifican que se excluya el acceso a la pena sustitutiva sin que ello sea discriminatorio ni carente de razonabilidad. Precisó además que la eventual pena a imponer corresponde ser determinada por el tribunal penal competente y no por esta Magistratura.
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Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas, de forma total, a ciertos delitos según la Ley 18.216?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad. Aunque una mayoría sostuvo que la norma podía ser desproporcionada, concluyó que el legislador tiene un margen autónomo en materia penal y que la exclusión no es discriminatoria ni carente de razonabilidad para los delitos involucrados.
¿Puede el Tribunal Constitucional determinar la pena concreta que corresponde a un imputado por delitos de violencia de género o tráfico de drogas?
No. En este caso, el Tribunal precisó que la eventual pena a imponer debe ser determinada por el tribunal penal competente y no por esta Magistratura.
¿Se vulnera la igualdad ante la ley y el debido proceso al impedir el acceso a penas sustitutivas sin considerar la gravedad concreta del ilícito?
En este caso, la parte requirente sostuvo que sí, pero el Tribunal Constitucional no acogió esa tesis. Consideró que los delitos imputados justifican la exclusión del acceso a la pena sustitutiva sin que ello vulnere la igualdad ni la razonabilidad.
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