El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Regi…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Registro Civil e Identificación, que había negado el acceso a un memorándum interno con directrices para la inscripción de nacimiento de hijos de filiación no matrimonial de madres extranjeras indocumentadas. El Consejo sostuvo que se trata de información pública, conforme a la Constitución y a la Ley de Transparencia, y que no se acreditó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra a) de dicha ley. Ordenó la entrega de copia del documento, con apercibimiento de sanciones por incumplimiento, y exigió acreditar la entrega dentro de plazo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, salvo para los órganos de la Administración cuando la denegación se fundó en esa causal.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Circular N° 10, de 2015
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un memorándum interno de un servicio público con directrices administrativas es información pública que se puede pedir por Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el memorándum interno del Registro Civil con directrices para inscripciones es información pública, conforme a la Constitución y a la Ley de Transparencia. Por eso acogió el amparo y ordenó su entrega.
¿Cuándo un servicio público puede negar el acceso a un documento alegando la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a) de la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo resolvió que el Registro Civil no acreditó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra a), por lo que la denegación no era procedente. Ordenó la entrega de copia del documento y exigió acreditar el cumplimiento dentro de plazo.
¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones?
En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. Advirtió, además, que esa vía no aplica a los órganos de la Administración cuando la denegación se fundó en la causal de reserva.
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