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El Tribunal Constitucional resolvió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituc…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional resolvió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovido respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que excluye ciertos delitos del acceso a penas sustitutivas. La parte final del fallo, sin embargo, rechaza el requerimiento: concluye que el legislador puede, dentro de su autonomía en política criminal, excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos como los de violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas y tráfico de drogas, por el mayor reproche que contienen, por lo que la norma no resulta desproporcionada ni vulnera la igualdad ante la ley en el caso concreto. Agrega que la eventual pena a imponer corresponde ser determinada por el tribunal penal competente y no por esta Magistratura.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
  • inciso cuarto
  • inciso quinto
  • artículo 142
  • artículo 361
  • artículo 362
  • artículo 372 bis
Tribunal ConstitucionalINADebido ProcesoReinserción socialley de control de armasIgualdad ante la Leypenas sustitutivasDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿El legislador puede excluir del acceso a penas sustitutivas a ciertos delitos sin vulnerar la igualdad ante la ley?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que el legislador puede, dentro de su autonomía en política criminal, excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos como violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas y tráfico de drogas, por su mayor reproche. Concluyó que la norma no es desproporcionada ni vulnera la igualdad ante la ley en el caso concreto.

¿Puede el Tribunal Constitucional determinar la pena concreta en una inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la Ley N° 18.216?

No. En este caso, el Tribunal Constitucional señaló que la eventual pena a imponer corresponde ser determinada por el tribunal penal competente y no por esta Magistratura.

¿Cuándo es desproporcionada la exclusión de penas sustitutivas para ciertos delitos según la jurisprudencia constitucional?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la exclusión no resulta desproporcionada en el caso concreto, porque los delitos excluidos contienen un mayor reproche penal que justifica la diferencia de trato. Por lo tanto, el requerimiento fue rechazado.

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