Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, en Iquique, dictó una resolución en la causa RIT GR-02-00051-2010, RUC 10-9-0000060-5. Se tuvo por no presentada la reclamación de autos debido a que transcurrió el plazo establecido en el artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas sin que se diera cumplimiento a lo ordenado a fojas 15. La resolución ordena registrar, archivar y notificar a la parte reclamante por carta certificada y mediante publicación en el sitio web del tribunal. El juez titular Mario Guzmán Cortés pronunció la resolución, autorizada por el secretario abogado Francisco Orellana Rivera.