El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Universidad de Playa Ancha…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Universidad de Playa Ancha por la negativa a entregar copia de correos electrónicos requeridos. La mayoría del Consejo rechazó el amparo, sosteniendo que la Ley de Transparencia no tiene la especificidad que exige la Constitución para restringir el derecho a la privacidad de las comunicaciones electrónicas, y que se configuraba la causal de reserva del artículo 21 N° 2. Una consejera disidente estuvo por ordenar la entrega, argumentando que los correos, generados desde una casilla institucional en el ejercicio de funciones públicas, forman parte del proceso decisional y son información pública. Sin embargo, la parte resolutiva del texto ordena la entrega de los correos electrónicos institucionales requeridos, al no concurrir una causal de secreto o reserva respecto de ellos, por tratarse de intercambios realizados en el ejercicio de la función pública. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Los correos electrónicos institucionales de un funcionario público son información pública que puede pedirse por Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que los correos enviados desde una casilla institucional en el ejercicio de funciones públicas son información pública y, al no concurrir causal de secreto o reserva, ordenó su entrega. La parte resolutiva del fallo fue en ese sentido, aunque la mayoría inicialmente había rechazado el amparo.
¿Puede negarse la entrega de correos electrónicos de un órgano público invocando la privacidad de las comunicaciones?
En este caso, la mayoría del Consejo había sostenido que la Ley de Transparencia no tiene la especificidad que exige la Constitución para restringir la privacidad de las comunicaciones electrónicas. Sin embargo, la parte resolutiva ordenó la entrega de los correos institucionales requeridos.
¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena o rechaza la entrega de información?
En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. No se detallan otros aspectos del procedimiento.
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