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La Superintendencia de Seguridad Social resolvió un conflicto entre una mutualidad y un…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2017

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social resolvió un conflicto entre una mutualidad y una isapre sobre si las licencias médicas de un chofer del Transantiago, con diagnóstico de estrés agudo y episodio depresivo moderado, debían cubrirse por la Ley 16.744 como accidente laboral. La isapre sostenía que la lesión tuvo origen en una agresión sufrida por el trabajador durante su labor de conducción. El organismo determinó que no se logró acreditar de forma indubitable el accidente del trabajo, pues no existía denuncia ni constancia ante Carabineros, el trabajador no informó lo ocurrido a sus superiores y acudió a la mutualidad casi un mes después sin medios que respaldaran su declaración. En consecuencia, no procede la cobertura de la Ley 16.744, y corresponde al régimen de salud común otorgar las prestaciones médicas y económicas que correspondan, con el reembolso a la mutualidad de lo pagado conforme al artículo 77 bis de dicha ley.

Normas citadas

  • Ley 16.744
  • Ley 16.744, artículo 5
Gastos médicosReembolso

Preguntas frecuentes

¿Procede la cobertura de la Ley 16.744 por accidente del trabajo si el trabajador no denunció la agresión ni la informó a sus superiores?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social sostuvo que no procede la cobertura, porque no se acreditó de forma indubitable el accidente del trabajo: no hubo denuncia ni constancia ante Carabineros, el trabajador no informó a sus superiores y acudió a la mutualidad casi un mes después sin medios que respaldaran su declaración.

¿Qué ocurre con las licencias médicas de un trabajador cuando su mutualidad no reconoce la cobertura de la Ley 16.744?

En este caso, el organismo determinó que corresponde al régimen de salud común otorgar las prestaciones médicas y económicas que correspondan, con el reembolso a la mutualidad de lo pagado conforme al artículo 77 bis de la Ley 16.744.

¿Puede una isapre cuestionar que una lesión de un chofer sea accidente laboral cubierto por la Ley 16.744?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social resolvió un conflicto entre una mutualidad y una isapre, en que la isapre sostenía que el estrés agudo y el episodio depresivo tenían origen en una agresión durante la conducción, y el organismo concluyó que el accidente laboral no quedó acreditado.

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